Resumen del Artículo Disposición transitoria primera

Artículo Disposición transitoria primera del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOI) — Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de nombramientos. Las normas sobre composición y representación equilibrada contenidas en la presente Ley serán de aplicación a los nombramientos que se produzcan con posterioridad a su entrada en vigor, sin afectar a los ya…

LOIVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria primeraDisposición transitoria primera

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de nombramientos.

Las normas sobre composición y representación equilibrada contenidas en la presente Ley serán de aplicación a los nombramientos que se produzcan con posterioridad a su entrada en vigor, sin afectar a los ya realizados.

Norma publicada: 22 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria primera

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria primera del LOI?

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¿El Artículo Disposición transitoria primera del LOI está vigente?

El artículo Disposición transitoria primera del LOI está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria primera dentro del LOI?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria primera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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